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sábado, 28 de septiembre de 2024

EFRAÍN BUENO ALVA LIDERA LA RECUPERACIÓN DEFINITIVA DE LA EXPLANADA PAPAL DE HUANCHACO

Pruebas contundentes presentadas por del procurador municipal, Luis Santos Beltrán, demostró la invalidez de la venta del terreno en 1991. La Primera Sala Especializada en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad falló de manera unánime.

El alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, Efraín Bueno Alva, anuncia que la Primera Sala Especializada en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad falló de manera unánime a favor de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, reconociendo la propiedad de las 4.2 hectáreas del terreno que habían estado en disputa por varios años.

“Este es un triunfo de todos los huanchaqueros. No solo hemos recuperado un terreno importante para nuestro distrito, sino también la confianza en que la justicia puede prevalecer cuando defendemos lo que es legítimamente nuestro”, afirmó el alcalde Efraín Bueno Alva tras conocerse la sentencia.

El caso estuvo marcado por la presentación de pruebas contundentes por parte del procurador municipal, Luis Santos Beltrán, quien demostró la invalidez de la venta del terreno en 1991, señalando que la propiedad pertenecía al Proyecto Especial Chavimochic desde 1989. Las pruebas incluyeron imágenes satelitales, peritajes y testimonios que confirmaron la falta de ocupación efectiva entre 1991 y 1996, lo que debilitó el argumento del demandante, quien alegaba posesión durante ese periodo.

Santos Beltrán explica lo siguiente los considerandos precedentes por la Primera Sala Especializada en lo Civil: 

*Usucapión infundada*: No se reconocen los derechos de propiedad del demandante (Abilio Valerio Aguilar Cornelio) sobre el terreno en disputa, descartando que haya adquirido la propiedad por posesión prolongada.

*Derecho de propiedad a favor de Huanchaco*: La sentencia determina que el derecho de propiedad del municipio es preferente y oponible frente al del demandante, consolidando la titularidad de la comuna sobre el terreno.

Reivindicación y desocupación: El fallo también declara fundada la demanda de reivindicación interpuesta por la Municipalidad contra Abilio Valerio Aguilar Cornelio, ordenando al demandante desocupar y entregar el predio de 42,000.00 m2 (4.2 hectáreas) en un plazo de diez días hábiles. Además, se indica que, en caso de incumplimiento, se procederá al lanzamiento de las personas que ocupen el terreno.

Con la sentencia favorable, la municipalidad de Huanchaco continuará con otros procesos legales, de ser el caso el demandante presente la casación. 

El alcalde culminó con un contundente mensaje dirigido a quienes han invadido espacios públicos: "Tomaremos acciones legales para recuperar todos los espacios públicos, como el Estadio de El Milagro, entre otros", afirmó.



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