Después de la audiencia donde el procurador de la municipalidad de Huanchaco, Luis Santos Beltrán, presentara el informe oral que prueban que la venta al demandante es inválida y que nunca hubo posesión de agosto de 1991 a agosto de 1996, los vecinos del distrito esperan un fallo favorable por parte del Poder Judicial.
Tras la audiencia realizada el 14 de agosto, donde el procurador de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, Luis Santos Beltrán, donde presentara el informe oral, los vecinos del distrito esperan que el Poder Judicial falle a favor de la comuna de Huanchaco y la Explanada Papal, que está en un terreno de 4.2 hectáreas, se les sea devuelto.
Los antecedentes del proceso se remontan a noviembre de 2020, durante la pandemia, cuando un cerco fue levantado en el terreno en disputa. Pese a los intentos de los vecinos por detener esta acción, la falta de apoyo policial y la aparición de una escritura pública del año 1991, en la que el entonces alcalde vendió el terreno a un particular, complicaron la situación.
Sin embargo, la municipalidad de Huanchaco ha sostenido que este acto de venta es inválido, ya que la propiedad en ese momento pertenecía al Proyecto Especial Chavimochic, según una transferencia realizada en 1989 por el gobierno de Alan García.
En respuesta, la comuna presentó una solicitud de recuperación extrajudicial ante la policía, que fue denegada debido a la existencia de un proceso judicial de prescripción iniciado en julio de 2020, del cual fueron notificados en diciembre del mismo año. A partir de entonces, la municipalidad está que defiende la propiedad del terreno, para esto presentó pruebas contundentes, como imágenes satelitales y peritajes que demuestran la ausencia de ocupación entre 1991 y 1996, período durante el cual el demandante alega haber tenido posesión pacífica, pública y permanente.
Además, las pruebas periciales realizadas en 2022 revelaron que las construcciones en el terreno no tienen una antigüedad mayor a 14 meses, lo que refuerza la postura de la comuna y los vecinos de que no hubo ocupación durante el período señalado por el demandante. Incluso, durante la audiencia, el abogado del demandante admitió que no se realizaron construcciones en el terreno entre 1991 y 2010.
En paralelo al proceso de prescripción, la los representantes de la municipalidad han interpuesto dos demandas adicionales: una por mejor derecho de propiedad y otra por reivindicación.
La primera se basa en la inscripción registral del terreno a favor del Proyecto Especial Chavimochic desde 1989 hasta 2012, lo que otorga un derecho superior al del demandante, quien posee una escritura pública de 1991. La segunda demanda busca desmontar o demoler las construcciones realizadas en el terreno. Además, la comuna ha interpuesto interdictos, los cuales también están en proceso.
Se espera que el fallo de la Primera Sala Civil sea emitido en un plazo de 20 a 30 días debido a la carga procesal. El alcalde Efraín Bueno Alva y los vecinos confían en que la sentencia será favorable, ya que el demandante no cumple con los requisitos esenciales para la prescripción adquisitiva, como la posesión pacífica y pública durante el período reclamado.
Un fallo en contra, advierten, sentaría un peligroso precedente al validar la venta de terrenos sin la debida propiedad.
Finalmente, cabe señalar que, independientemente del fallo, cualquiera de las partes puede interponer un recurso de casación, el cual deberá presentarse en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la sentencia.
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